Pasta Secas
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
La industria elaboradora de pastas secas insume anualmente entre el 7
y el 8 % del consumo interno de harina de trigo. El sector ha presentado
en los últimos años un importante dinamismo, con inversiones
extranjeras, fusiones y compraventas por parte de grandes compañías.
Las pastas secas
Según establece el Código Alimentario Argentino,
se denomina genéricamente Pastas alimenticias o Fideos a los productos
no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de sémolas
o semolín o harinas de trigo ricos en gluten o harinas de panificación
o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias
colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros
productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos.
En los productos de fideería podrá utilizarse mezcla de
mono y diglicéridos y monoglicéridos de alta concentración,
aisladamente o en mezcla y en la cantidad tecnológicamente necesaria
sin declararlo en el rótulo.
Se entiende por Pastas alimenticias o Fideos secos, sin
otro calificativo de consistencia, a los productos mencionados anteriormente
que se han sometido a un proceso de desecación con posterioridad
a su moldeo y cuyo contenido en agua no debe ser superior al 14% en peso
y su acidez no mayor de 0,45/Hg. expresada en ácido láctico.
La denominación Fideos de sémola, responde
a productos elaborados exclusivamente con sémola de trigo y agua
potable, con o sin adición de otras substancias de uso permitido.
En cambio, fideos semolados son los productos elaborados con una mezcla
de partes iguales de sémola o semolín y harina.
Se denominan Fideos laminados, a los productos cuya masa,
después del empaste y amasado mecánico de los constituyentes,
se refina por varios pasajes a través de la laminadora. En cambi